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REGLAMENTO DE DEBERES
CONFEDERACION INTERNACIONAL DE MOTOCICLISTAS,
OFICIALES Y POLICIASDE CAMINOS, A.C.
DELEGACIÓN ESTATAL PUEBLA






 

1.- El uso de la identificación oficial ( no charola ).
1.1.-

Este uso es personal e intrasferible.

1.2.-

No deberá ser corregida, modificada o enmendada de ninguna forma aún por el portador.

1.3.-

No deberá ser usada por ningún motivo para fines de lucro y/o fines personales.

1.4.-

Deberá ser presentada cada vez que el Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal la solicite.

1.5.-

Deberá ser entregada en Dirección General o en su Dirección Estatal al momento de caducar y/o por alguna sanción.

1.6.-

El uso indebido en cualquiera de sus formas será responsabilidad exclusiva del portador. Por tanto las consecuencias de la o las mismas. Siendo este acreedor a la sanción estipulada por el Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal, así como en su caso por la Dirección General.

2.- Uso del Uniforme, insignias y material diverso.
2.1.-

Tipos de artículos:

2.1.1.-

Ropa oficial (entiéndase, ropa bordada con insignias o logotipos)

2.1.2.-

Papelería en general (entiéndase, cualquier tipo de hojas, papel, publiciidad con logotipos y/o membretes).

2.1.3.-

Accesorios (entiéndase, todo tipo de accesorios para ropa como son entre otros: pines, sectores, etc. Así como los usados para los automotores como son entre otros: placas, insignias, etc.) Siendo todos estos artículos adquiridos en la Dirección Estatal, a través del Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal.

2.2.-

El uso del uniforme, insignias escudos, sectores, condecoraciones etc., será usado y portado con honor y respeto.

2.3.-

Ninguno de los artículos mencionados deberá ser usado con algún otro tipo de insignia, escudo y/o material ajeno a la Confederación  Internacional de Motociclistas Oficiales y Policías de Caminos A.C., con el fin de evitar cualquier confusión.

2.4.-

Por ningún motivo deberá hacerse uso, copias de los artículos cualesquiera de estos, sin importar el motivo.

2.5.-

Queda estrictamente prohibido cotizar, maquilar y/o fabricar entre otros los artículos mencionados.

2.6-.

Queda estrictamente prohibido usar cualquiera de los artículos en actos de carácter político, personales, de lucro y/o religiosos.

3.- Puntos Generales
3.1.-

Deberá usar el grado y cargo que se le haya asignado por la Delegación Estatal, quedando prohibido que el portador lo cambie y/o modifique, tanto el Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal podrán cambiarlo o retirarlo en cualquier momento.

3.2.-

Los miembros no deberán participar eventos que pongan en riesgo o en peligro inminente tanto a su persona como la de los demás,  resguardando siempre el respeto y la reputación de la Confederación Internacional de Motociclistas Oficiales y Policias de Caminos A.C., entiéndase entre otros eventos: (arrancones, brincos de casetas, reuniones militares entre otros).

3.3.-

Deberá respetar las señalizaciones de vialidad así como el respeto a las autoridades viales y a los demás conductores y/o peatones.

3.4.-

Los vehículos particulares que participen en eventos de la Confederación Internacional de Motociclistas Oficiales y Policias de Caminos A.C., deberán ser autorizados por el Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal, salvo la previa petición por Escrito, bajo los términos y condiciones estimpualdas.


3.5.-

Deberá asistir a las dos juntas del mes si es aspirante, así mismo a los ya tener confederados, lo mismo para los eventos que se organicen o la Delegación sea invitrada, de no ser así, deberá ser acreedor a una sanción, designada por el Comandante y/o Subcomandante de la Delegación Estatal.

3.6.-

En caso de no poder asistir a junta o a algún evento deberá avisar con anticipación, salvo los casos de fuerza mayor, de ser así deberá  reportarse a la Delegación Estatal lo antes posible.
Eventos obligatorios;

- Día Internacional del Motociclista
- Aniversario de la Delegación
- Cena Baile de la CIMOPC
- Apoyo a las autoridades que en tiempo y forma lo solicitarán siendo eventos formales
- Así como cualquier otro evento extraordinario de caracter formal

3.7.-

Las sanciones de los miembros serán entre otras:
- Amonestación verbal
- Amonestación escrita
- Suspensión temporal
- Remoción de insignia artículos y/o placas
- Remoción del cargo
- Remoción definitiva
- Multa económica
- Será acreedor a una demanda legal por abuso de autoridad, usurpación de funciones, piratería, o lo que resulte por el uso indebido de su acreditación.
   



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